Propiedad.
- ¿Qué es la propiedad? ¿Cuáles son sus tipos y modalidades?
La propiedad, en la esfera jurídica debe verse como
un derecho de goce y como una disposición que una persona tiene sobre ciertos
bienes indeterminados. La relación persona-cosa está regulada directamente por
la Ley, es decir, es un bien jurídico tutelado en una norma de derecho, siendo
objeto de esta la cosa.
El derecho de propiedad reviste de formas muy variadas y sus tipos y modalidades se encuentran en función de las limitaciones que sufre y a los derechos que otorga a los propietarios ---titular del derecho de propiedad—. En este sentido tenemos que la propiedad se divide principalmente en dos tipos: pública y privada.
La propiedad pública es aquella que pertenece al Estado, gracias a su personalidad como persona jurídica, y que se encuentra regulada por la autoridad. Así, las categorías o modalidades de propiedad que encontramos en la esfera pública son: de dominio público o de uso común, bienes propios, bienes de propiedad originaria, bienes de dominio directo y de propiedad que pueden aprovecharse mediante concesiones.
La propiedad privada tiene lugar cuando se le faculta a una persona, ya sea física o jurídica, para que pueda disponer sobre una cosa. En este sentido, ya no es la autoridad estatal quien ejerce el dominio sobre la propiedad, sino una persona en particular, aunque sigue rigiéndose con las leyes del Estado. Las modalidades de la propiedad privada son las que siguen: Propiedad agrícola, propiedad intelectual (que protege los derechos de autor), propiedad industrial, propiedad en condominio, etcétera.
Cabe destacar que una de las modalidades más importantes con respecto a la propiedad privada, la constituye la expropiación de bienes por causa de utilidad pública. A través de esta figura, el Estado puede recuperar la propiedad originaria de cualquier bien, para aplicarlo a una cuestión de interés colectivo, demostrándose así que el interés general prevalece sobre el particular.
Los tipos de propiedad más comunes son los que hemos mencionado brevemente, sin embargo; tenemos otros dos tipos de propiedad. El tercero es la propiedad social y el cuarto es la propiedad de “nadie” –llamada así porque nadie puede ejercer un poder o facultad de disposición porque la naturaleza física de la cosa lo impide. Un ejemplo que ilustra este tipo de propiedad es la Luna, por ejemplo— integrada por los bienes vacantes y mostrencos.
- ¿Por qué la propiedad es un bien jurídico tutelado en algunos derechos humanos a nivel constitucional?
La respuesta de esta pregunta sigue un sentido totalmente histórico. A lo largo de nuestra existencia como especie en el mundo, la propiedad ha sido un tema controvertido en razón del arrebato posesiones, donde aplica la Ley del más fuerte. En este tenor, es totalmente válido que se busqué proteger a la propiedad en la norma más noble que puede existir en un Estado: la Constitución o Ley Suprema.
Además, dentro de la conformación y caracterización del Estado burgués, el derecho a la propiedad –sobre todo privada—es fundamental en los Derechos Humanos. El estado burgués sigue una postura democrática, bajo el cobijo de la Revolución Francesa, aunque algunas ideologías están en contra de la propiedad privada, como el marxismo, y buscan su abolición.
No obstante, también la propiedad está reconocida a nivel constitucional e incluso está tutelada en la legislación internacional porqué es un derecho básico para el desarrollo de la libertad y la búsqueda de la felicidad, que permiten forjar una vida más digna, en la medida de lo posible. Desde un punto de vista liberal, no sólo existe en razón de la apropiación de bienes para el consumo necesario, sino también para la acumulación de estos.
Por último, hay que mencionar que uno de los derechos que va de la mano con el de propiedad, es el de seguridad. Esto es así porque la seguridad permite garantizar a la propiedad
Bibliografía.
- Burgoa Orihuela, Ignacio. Las garantías individuales, capítulo sexto: garantías de propiedad. 41ª edición, primera reimpresión. Editorial Porrúa. México, 2010.
- De Pina, Rafael y de Pina Vara, Rafael. Diccionario de Derecho. Editorial Porrúa, 37ª edición. México, 2010.
- Ferrer Mac-Gregor, E. Martínez Ramírez, F. Figueroa Mejía, G (Coordinadores). Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional, Tomo II. Poder Judicial de la Federación Consejo de la Judicatura Federal. Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas.
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